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Equipaje



Equipaje de mano

El equipaje que lleva consigo debe contener aquellos artículos indispensables o de valor, que usted deba tener bajo custodia, como documentos, joyas o bien medicamentos importantes o necesarios durante el vuelo. Recuerde que los compartimentos para llevar sus artículos tienen dimensiones limitadas, por lo que su equipaje no debe de exceder de una pieza de dimensión lineal 1.15 mts. (largo+ancho+alto) de 10 kg. de peso máximo. (Sólo un equipaje y una bolsa de mano).

Es importante que considere que hay restricciones de objetos permitidos, por favor, consúltelas antes de tener inconvenientes en los filtros de seguridad del aeropuerto.


Equipaje para documentar

El cuidado de sus pertenencias es importante, por lo que se requiere el uso de maletas diseñadas para este fin; tenga en cuenta que el transporte adecuado de sus pertenencias inicia desde la protección con la que usted las presente.

Es importante también, preparar con antelación, etiquetas de identificación con la información de quien viaja, recuerde que hay una gran cantidad de maletas de un mismo modelo y color y es fácil confundirlas al momento de recogerlas.

En vuelos dentro de la República Mexicana la franquicia de equipaje permitido es de 25 kilogramos ( 55 libras ).

En vuelos internacionales, aplica el sistema por pieza, permitiéndose 2 piezas de equipaje, la mayor de las cuales en su superficie lineal externa (largo+ancho+alto) no exceda de 1.58 metros ( 62 pulgadas ), previniendo que la suma de las dos no exceda de 2.73 metros ( 107 pulgadas ) y cuyo peso no rebase los 23 kilogramos ( 50 libras )* cada una. * Esta franquicia puede variar dependiendo de la aerolinea en la que viaje.


No se aceptará bajo ninguna circunstancia :

1.- Exceso de equipaje ( Se debe pagar por kilo excedido, variando el precio por aerolinea )
2.- Equipaje transportado en cajas. (Salvo que sea el empaque original del producto y se considerará en substitución de la pieza de equipaje a la cual tiene derecho el pasajero)
3.- Equipajes cuyas dimensiones y/o peso excedan los límites máximos permitidos mencionados anteriormente.

Artículos Especiales

a) Bebidas alcohólicas Si la cantidad a transportar es menor a 5 litros , podrá llevarlas a bordo, perfectamente selladas y etiquetadas.
b) Instrumentos musicales Se aceptarán en empaques apropiados, como su estuche. Si las condiciones de empaque no son las adecuadas, se transportarán bajo riesgo del pasajero. Aquellos instrumentos que por su valor comercial o estimativo, requieran llevarse consigo, se deberá pagar el asiento que el instrumento ocupe dentro de la cabina.
c) Alimentos Embutidos, productos lácteos, flores naturales, plantas vivas, legumbres y frutas, podrán ser transportados dentro de la República Mexicana , si cuentan con el empaque adecuado.
Carnes frescas, mariscos y pescados tendrán que presentarse perfectamente congelados y empacados; identificándose como perecederos, y al igual que el grupo anterior, viajarán bajo responsabilidad del pasajero.

Restricciones

Existen regulaciones de seguridad para artículos no permitidos en su equipaje de mano: tijeras, artículos punzo-cortantes, pilas, encendedores, fósforos, líquidos flamables , o bien, cualquier otro artículo que pueda ser utilizado como arma o alguna réplica realista de éstas.